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Bono fin de año

Bono fin de año

23 noviembre, 2018 NOTICIAS 0

El 13 de noviembre el poder ejecutivo nacional dictó el DNU N°1043/2018 que establece una asignación no remunerativa de $5.000, públicamente conocida como “bono de fin de año”.

Nuestro consejo directivo, en conjunto con los asesores, analizó el decreto en cuestión y se llegó a la conclusión que la asignación no remunerativa o “bono” NO DEBE SER ABONADA por las estaciones de servicio y playas de estacionamientos de la provincia de Córdoba.

Del mismo articulado del decreto surgen los motivos por el cual la asignación no debe ser abonada; en primer lugar, el articulo N°4 prevé la posibilidad de compensar el monto de la asignación, hasta su concurrencia, en el supuesto que las partes firmantes de un convenio colectivo de trabajo hayan acordado aumentos en el marco de la revisión salarial del año 2018. En nuestro sector FECAC y SINPECOR, acordaron de forma progresiva desde abril de 2018 un 30% sobre los haberes de marzo 2018, superando este porcentaje el monto de la asignación. En segundo lugar, conforme a lo dispuesto en el artículo N° 3, donde estable que la asignación se exceptúa para los sectores en crisis; y como todos sabemos nuestro sector se encuentra en crisis financiera debido a las fuertes subas de precio de productos, complicando de esta manera financieramente a la empresa, especialmente para aquellos que venden con cuentas corrientes y los que venden con un porcentaje elevado de tarjeta de crédito.

En definitiva, y en base a los motivos expuestos, el consejo directivo informa que la asignación no remunerativa o “bono” de $5.000. No debe ser abonada incluyendo tanto estaciones de servicio como playas de estacionamientos y toda empresa que se encuentra abarcada por el ámbito personal del Convenio Colectivo 666/13.

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