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Instructivo Pago Tasa Convenio ART. 223 BIS

Instructivo Pago Tasa Convenio ART. 223 BIS

8 julio, 2020 NOTICIAS 0
Según lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo, en cumplimiento de la Ley Impositiva Anual 2020, se debe abonar una tasa equivalente al 2,40% del monto total del acuerdo, en este caso sobre el monto total de las remuneraciones a pagar objeto del acuerdo. El monto máximo de la tasa es de $ 4060.

En caso de no abonarse la tasa podría ser ejecutada por el Ministerio de Trabajo de la Provincia.

 

Según lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo, en cumplimiento de la Ley Impositiva Anual 2020, se debe abonar una tasa equivalente al 2,40% del monto total del acuerdo, en este caso sobre el monto total de las remuneraciones a pagar objeto del acuerdo. El monto máximo de la tasa es de $ 4060.

Para generar la tasa deben ingresar a http://trs.cba.gov.ar/#!/generacion-de-tasas/Ente_ID_75 y seguir lo siguientes pasos:

1. Completar DNI O CUIT según corresponda. Si colocan N° de CUIT debe ser sin guiones. Una vez completado le dan click en «obtener» y deben aparecer los datos del contribuyente según el DNI o CUIT ingresado.

2. A continuación, el sistema nos pide seleccionar un «Concepto», seleccionamos la opción «Art. 95 inc. 3 Por acuerdos espontáneos de presentación conjunta…»

3. Al elegir esa opción se abre otra ventana que nos pide nuevamente seleccionar una opción, seleccionamos «Art. 95 inc. 3.2 Acuerdos colectivos…»

4. Por último, el sistema nos pide consignar el Importe a pagar. Deberán consignar el monto correspondiente al 2,40% del monto total de las remuneraciones que se pagarán en concepto del acuerdo de suspensiones celebrado (Ej. Si en el mes de abril aplicamos una suspensión a un empleado por 16 días, del 15 al 30 de abril, debemos calcular el 2,40% del monto que percibirá el trabajador esos 16 días según el acuerdo), con un tope de $ 4060. Es decir, que si el cálculo del 2,40% fuera igual o superior a $ 4060, no debe pagarse más de ese importe en concepto de tasa.

5. Luego se pueden elegir los Medios de Pago online, o abrir la descarga del Cedulón e imprimir para su pago en Rapipago, Pagofácil, Cobro Express o Banco de Córdoba.

6. Se debe pagar una tasa por cada convenio que se haya realizado