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Personal de riesgo puede asistir a trabajar

Personal de riesgo puede asistir a trabajar

17 mayo, 2021 NOTICIAS Slider 0
Resolución 04/2021: Personal de riesgo vacunado puede asistir a trabajar

Mediante resolución 04/2021 conjunta del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Salud, se estableció la posibilidad de que los empleadores convoquen a trabajar de manera presencial a los trabajadores que se encontraban dispensados de prestar tareas, después de pasados 14 días de que hayan recibido la primera dosis de la vacuna destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo.

Los trabajadores deberán presentar constancia fehaciente de haberse vacunado.

Continúan dispensados y no podrán ser convocados:
• Personas con inmunodeficiencias: congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave; VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable).

• Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días).

• Pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento, y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.