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Programa REPRO II – Sueldos Agosto 2021. RESOLUCIÓN (MTESS) 488/2021

Programa REPRO II – Sueldos Agosto 2021. RESOLUCIÓN (MTESS) 488/2021

24 agosto, 2021 NOTICIAS Slider 0

Aspectos generales para acceder al beneficio del REPRO II sobre los salarios devengados del mes de agosto 2021.

Compartimos la Resolución 488/2021 del Min. Trabajo, Empleo y Seguridad Social – Publicada con fecha 23/08/2021 donde indica los aspectos generales para acceder al beneficio del REPRO II sobre los salarios devengados del mes de Agosto 2021.

Plazo inscripción al Programa: estará disponible en AFIP a partir del 25/08 y hasta el día 31/08. 

Variación interanual ventas: Julio 2019 vs. Julio 2021.

Mes seleccionado para determinar la nómina del personal y los salarios de referencia: Julio 2021.

Los montos de la asistencia son los mismos que para el mes pasado: 
• Sectores no críticos: $9.000
• Sectores críticos: $22.000 

 

 

Criterios de Pre-Selección:

• Pertenecer al sector privado.
• No percibir subsidios del Sector Público.
• La actividad principal del sujeto empleador debe estar incluida en la nómina de sectores críticos y afectados no críticos, o pertenecer al  Sector Salud, de acuerdo a la clasificación de actividades establecida en el Anexo que forma parte de la presente medida.
• La variación de facturación debe presentar una reducción superior al veinte por ciento (20%), en términos reales, para los sectores afectados no críticos y críticos.
• Para las empresas cuyo inicio de operaciones desde 01/01/2019 no se considera variación de ventas. 

Criterios de Selección: 

• Variación porcentual de la facturación.
• Variación porcentual del IVA compras.
• Endeudamiento en el mes de referencia de 2021 (pasivo total / patrimonio neto).
• Liquidez corriente en el mes de referencia de 2021 (activo corriente / pasivo corriente).
• Variación porcentual del consumo de energía eléctrica y gasífera.
• Variación porcentual de la relación entre el costo laboral total y la facturación.
• Variación porcentual de las importaciones.

(*) Calculados para los últimos 2 meses desde el mes anterior a la fecha de inscripción y para los mismos meses del periodo previo de comparación y los valores serán definidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo delPrograma REPRO II. 

A la fecha aún no se encuentra operativo el Servicio REPRO II en la web de AFIP. Ante cualquier novedad, lo estaremos comunicando.