1 – La parte empresaria otorgará un aumento el escalonado que completará el 34%, calculado sobre los haberes básicos de marzo de 2021, aplicable de la siguiente manera:
– 8,5% NO REMUNERATIVOS a partir de abril, los cuales se incorporarán al básico a partir de los haberes de Junio de 2021.
– 8,5% REMUNERATIVOS a partir de Julio 2021.
– 8,5% REMUNERATIVOS junto con los salarios de agosto de 2021.
– 8,5% REMUNERATIVOS con los salarios de octubre de 2021.
Los referidos aumentos no son acumulativos.
2 – Las partes aclaran que sobre las cifras no remunerativas del incremento de abril y mayo 2021, la empleadora abonará los importes correspondientes a la obra social de conformidad con lo establecido en las leyes 23.660 y 23.661 y las contribuciones del CCT.
3 – Se deja constancia que los aumentos pactados serán comprensivos de cualquier incremento salarial que pueda regularse por alguna vía distinta a esta paritaria, ya sea por ley, DNU y/ o cualquier otra reglamentación posterior a este acuerdo. Si algún texto ordenara el pago de monto alguno, éste será deducido de cualquier aumento paritario futuro a celebrarse.