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Acuerdo de Suspensiones

Acuerdo de Suspensiones

2 septiembre, 2020 NOTICIAS 0
Acordamos extender del 1 al 30 septiembre el acuerdo de suspensiones con goce de sueldo.

El acuerdo marco firmado con el Sindicato Petrolero de Córdoba (SinPeCor), mantiene las características principales del acuerdo del mes de agosto

 

 

1. Las empresas podrán suspender personal los días que crean conveniente y necesario, haciendo un acuerdo individual con el sindicato.

2. Se abona una asignación no remunerativa por los días de suspensión.

3. La asignación no remunerativa se abona teniendo en cuenta los siguientes parámetros:

      a. 80% del básico bruto y adicionales de antigüedad, diferencial por asistencia y diferencia por quebranto de caja, según corresponda.
          b. $ 4.000 del decreto 14/2020 (incremento solidario).   
     
4. No se abonan cargas sociales.

5. Si se abonan contribuciones a la obra social y seguro de salud.

6. Si se abonan los aportes sindicales del art. 32 y 34 del CCT 666/13, del empleador.

7. Se complementa con el plan oficial creado por el decreto 376 de ATP