Compartimos Resolución 4/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y del Ministerio de Salud, con vigencia a partir del 09/04/2021:
- Los empleadores podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores que se encontraban dispensados de concurrir al trabajo (mayores de 60 años, embarazadas y grupos de riesgo según la resolución Nro. 627/2020 del MS y concordantes) que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación.