Según los anuncios del 24 de julio pasado, el Gobierno decidió que el programa ATP se prolongará hasta diciembre del 2020 con diversas modalidades según sean las actividades y la facturación realizada con respecto al año anterior 2019.
A la fecha aún no hay norma publicada ni está aún habilitado el sistema de AFIP para la inscripción.
El ATP tendrá su cuarta etapa en julio: en general se atenderá el 50% del salario de los trabajadores, pero con topes diversos de entre 1.5 y 2 SMVM
• Se analizarán las ventas entre los meses de junio 2019 y 2020.
• Actividades:
1. CRÍTICAS: Se otorgará el beneficio sin tener en cuenta el parámetro de la facturación y el monto máximo a recibir será de 2 SMVM por cada trabajador registrado. Los sectores señalados son Turismo, Gastronomía, Salud, Deportes, Cultura.
2. EL RESTO DE LAS ACTIVIDADES:
(a) Ventas 2020 MENORES a 2019: El beneficio será el 50% con un tope mínimo de 1 (un) Salario complementario y un monto máximo será de hasta 1.5 SMVM por cada trabajador registrado.
(b) Ventas 2020 IGUAL O MAYOR a 2019: El beneficio será un crédito garantizado por el Estado Nacional (FOGAR) con destino a financiar la nómina salarial conforme al siguiente detalle:
– Facturación con incremento de:
– hasta el 10% la tasa será cero;
– Entre del 11 a 20% la tasa será del 7,5%;
– Entre el 21 a 30%, la tasa será de 15%