fbpx

Nuevo Acuerdo: SAC y Suspensiones con goce de sueldo

Nuevo Acuerdo: SAC y Suspensiones con goce de sueldo

30 junio, 2020 NOTICIAS 0
Tras analizar las estadísticas de ventas del sector y escuchar de cada uno de ustedes las distintas realidades por las que estamos atravesando es que consideramos imperioso acordar junto al sindicato el pago de aguinaldo en dos cuotas, un nuevo logro que conseguimos para hacer frente a las obligaciones salariales

Se acordó abonar en dos (2) cuotas el aguinaldo correspondiente al primer semestre del corriente año.

 

 

 

Ante la situación de emergencia sanitaria prolongada que estamos atravesando debido al COVID-19, y el gran impacto económico que la misma ha tenido en nuestro sector, acordamos extender del 1 al 31 de julio el acuerdo marco firmado con el Sindicato Petrolero de Córdoba (SinPeCor) que permite implementar suspensiones de personal.

Además, tras analizar las estadísticas de ventas del sector y escuchar de cada uno de ustedes las distintas realidades por las que estamos atravesando es que consideramos imperioso acordar junto al sindicato el pago de aguinaldo en dos cuotas, un nuevo logro que conseguimos para hacer frente a las obligaciones salariales. 

 

Acuerdo de suspensión de personal:

Las características principales del nuevo acuerdo del mes de julio son las siguientes: 

1. Las empresas podrán suspender personal los días que crean conveniente y necesario, haciendo un acuerdo individual con el sindicato.

2. Se abona una asignación no remunerativa por los días de suspensión. 

3. La asignación no remunerativa se abona teniendo en cuenta los siguientes parámetros:

      a. 80% del básico bruto y adicionales de antigüedad, diferencial por asistencia y diferencia por quebranto de caja, según corresponda.

          b. $ 4.000 del decreto 14/2020 (incremento solidario).         

4. No se abonan cargas sociales.

5. Si se abonan contribuciones a la obra social y seguro de salud.

6. Si se abonan los aportes sindicales del art. 32 y 34 del CCT 666/13, del empleador.

7. Se complementa con el plan oficial creado por el decreto 376 de ATP.